El Consejo Regulador es un organismo integrado en la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias como órgano, desconcentrado de la misma y con atribuciones decisorias en cuantas funciones se le encomienden en este Reglamento y de acuerdo con lo que determina en las disposiciones vigentes.
Es misión principal del Consejo Regulador la de aplicar los preceptos del Reglamento del 31 de agosto de 2001 por la que se ratificca el Reglamento de la Denominación de Origen de Queso Palmero y de su Consejo Regulador y velar por su cumplimiento.
Su ámbito de competencia estará determinado:
a) En lo territorial, por la respectiva zona de producción, elaboracióny maduración.
b) En razón de los quesos, por los protegidos por la denominación de origen en cualquiera de sus fases de producción, elaboración, maduración, circulación y comercialización.
c) En razón de las personas, por las inscritas en los diferentes Registros.
El Consejo Regulador estará constituido por:
a)Un Presidente, propuesto por el Consejo Regulador y nombrado por el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias.
b)Un Vicepresidente, designado por el Consejero, con competencia en materia de comercio del Gobierno de Canarias.
c)Cuatro Vocales, en representación del sector ganadero, elegidos democráticamente por y entre los inscritos en el Registro de Ganaderías de la Denominación de Origen.
d) Cuatro Vocales, en representación del sector elaborador y madurador elegido democráticamente por y entre los inscritos en el Registro de Queserías y Locales de Maduración de la Denominación de Origen.
e)Tres Vocales técnicos, con especiales conocimientos sobre ganaderías e industrias lácteas; dos designados por la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias, y uno por la Consejería de Sanidad y Consumo del Gobierno de Canarias.
El Consejo Regulador dispondrá de un Comité de Calificación de los quesos formado, al menos, por tres expertos, que tendrá como cometido informar sobre la calidad de los quesos. Este informe constituirá un ensayo más del producto y será puesto a disposición del órgano de control
El Consejo tendrá una comisión de certificación formada por los vocales técnicos del pleno del Consejo Regulador y el presidente, siempre que estén libres de cualquier presión que pudiera influir en sus decisiones. Tienen autoridad delegada para tomar la decisión de la concesión, mantenimiento, ampliación o retirada de las certificaciones.
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